Guía · Previsión
Quién cobra tu tercer pilar si te pasa algo (y qué cambia en 2027)
El dinero del tercer pilar no se reparte como el resto de tu patrimonio. No lo decide tu testamento y no lo decide tu familia: lo decide una lista cerrada que está en la ley, el artículo 2 de la OPP 3. Deja menos margen del que la gente cree. Y cambia el 1 de junio de 2027.
Da igual si tienes una cuenta 3a en un banco o una póliza 3a en una aseguradora: la norma de beneficiarios es la misma. Lo que cambia entre entidades son los costes, las condiciones y la letra pequeña. Ninguna de las dos fórmulas es la fácil: hay que leer los papeles de cada una, y cada una solo ofrece su propia carta de fondos. Por eso comparo varias entidades antes de recomendar nada.
El orden que manda hoy
Mientras vives, el beneficiario eres tú. Si falleces antes de cobrar, el capital va a estas personas, por este orden (art. 2 OPP 3):
- El cónyuge o la pareja registrada superviviente.
- Los descendientes directos, junto con las personas a cuyo sostenimiento contribuías de forma sustancial, la persona que formó contigo una comunidad de vida ininterrumpida de al menos cinco años inmediatamente anterior al fallecimiento, o la que tiene que mantener a uno o varios hijos comunes. Están todas en el mismo rango.
- Los padres.
- Los hermanos.
- Los demás herederos.
Es un orden excluyente. Si hay alguien en el primer rango, cobra el primer rango y los demás no ven nada de esa cuenta. Solo si no hay nadie se pasa al segundo, y luego al tercero.
Qué puedes modificar y qué no
Dentro de ese esquema tienes dos palancas:
- Designar a una o varias personas del segundo rango y precisar sus derechos, es decir, la parte de cada una (art. 2 al. 2 OPP 3). Por ejemplo, repartir entre tus hijos en proporciones distintas.
- Cambiar el orden entre el tercer rango y el quinto —padres, hermanos, demás herederos— y precisar sus derechos (art. 2 al. 3 OPP 3).
Y tres cosas que hoy no puedes hacer:
- Apartar al cónyuge o a la pareja registrada del primer rango. Si existe, cobra.
- Nombrar a alguien que no esté en la lista. Un amigo, una sobrina, una asociación: no entran.
- Arreglarlo con el testamento. El testamento no toca el orden de la OPP 3. Cómo se cruza ese capital con las legítimas de los herederos es otra cuestión, depende del caso y se mira con un notario.
La designación se hace por escrito, y cuenta por cuenta
La entidad paga según el papel que tiene archivado. Si no tiene ninguno, aplica el orden legal tal cual. La designación se comunica por escrito y firmada al banco o a la aseguradora que lleva esa cuenta, y pides que te confirmen por escrito que la han registrado. Guarda la copia donde tu familia sepa encontrarla.
Y hazlo en cada contrato. Si has abierto varias cuentas para escalonar los cobros, cada una lleva su propia designación. Es muy frecuente tener varias cuentas y haber firmado el reparto solo en la primera.
Mira la fecha de lo que firmaste. Una designación firmada hace años sigue en el expediente de la entidad aunque entre medias te hayas casado, divorciado o hayas tenido hijos. Y manda siempre la lista de la OPP 3: un reparto a favor de quien ya no está en ella —tu ex pareja, por ejemplo— no se sostiene, y tu cónyuge actual entra en el primer rango sin que firmes nada. Si no recuerdas qué pusiste, pide a la entidad copia de la designación que tiene archivada.
Lo que cambia el 1 de junio de 2027
El Consejo Federal aprobó el 12 de junio de 2026 una modificación de la OPP 3 que amplía la libertad de designación en el 3a. Entra en vigor el 1 de junio de 2027, y la fecha se fijó así para que las entidades adapten sus reglamentos.
El sentido del cambio es este: hoy el margen de maniobra para definir beneficiarios es limitado, y a partir de esa fecha podrás designar a tus hijos como beneficiarios prioritarios de tu haber de previsión, también en familias reconstituidas y aunque estés casado o tengas pareja registrada. La modificación responde al postulado Nantermod 22.3220, sobre más flexibilidad al planificar el orden sucesorio en el 3a.
No te doy aquí el articulado exacto: el texto definitivo se consulta en Fedlex y tienes los enlaces oficiales al final. Hasta el 1 de junio de 2027 se aplica el orden actual.
Familias reconstituidas e hijos de relaciones anteriores
Aquí es donde más duele el orden de hoy. Imagina que te has vuelto a casar y tienes dos hijos de una relación anterior. Si falleces mañana, el capital de tu 3a va íntegro a tu cónyuge actual, que está en el primer rango. Tus hijos no reciben nada de esa cuenta, por mucho que tú pensaras otra cosa.
Desde el 1 de junio de 2027 tendrás margen para corregirlo por escrito. Pero el margen no se activa solo: si no firmas nada nuevo, tu cuenta seguirá pagando según el orden de siempre.
El saldo en juego suele ser alto en dos casos. Si trabajas por cuenta propia sin caja de pensiones, puedes deducir hasta el 20 % de la renta del trabajo, con un máximo de CHF 36'288 al año (2026); con ese tope, lo acumulado en la cuenta es mucho mayor. Y si has llenado lagunas con la recompra del tercer pilar, el capital ha subido de golpe.
Dos detalles prácticos
El impuesto. Quien cobra el capital tributa por él como prestación de la previsión: impuesto anual entero, separado del resto de la renta, a un quinto de la tarifa y sin deducciones sociales (art. 38 LIFD, que cubre también las sumas pagadas a raíz de un fallecimiento). La cuantía depende del cantón y del municipio; puedes estimarla en la calculadora oficial de la Administración Federal de Contribuciones.
Si el 3a está atado a la hipoteca. Cuando has pignorado la cuenta para comprar vivienda o amortizas de forma indirecta a través del 3a, el banco tiene su garantía sobre ese saldo. La designación no desaparece, pero a tus beneficiarios llega lo que quede después de la garantía.
Si te vas del país, el orden sigue aplicándose mientras la cuenta esté abierta en Suiza, con las reglas de cobro desde el extranjero. La foto completa está en la guía del tercer pilar.
Qué hacer esta semana
- Pide a cada banco o aseguradora copia de la designación archivada en cada contrato 3a.
- Compárala con tu situación familiar de hoy: estado civil, hijos, hijos de tu pareja, convivencia.
- Apunta el 1 de junio de 2027 para firmar lo que hoy la ley no te deja firmar.
Revisemos tus designaciones
Me enseñas los contratos 3a que tienes, vemos quién cobraría hoy y preparamos lo que podrás firmar a partir de junio de 2027.
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Fuentes
- OPP 3 (RS 831.461.3), art. 2 «Bénéficiaires» — orden legal vigente y margen de modificación (al. 2 y al. 3), en Fedlex.
- OFAS/BSV — «Le troisième pilier» — orden de beneficiarios y topes anuales de aportación del 3a.
- Consejo Federal, comunicado del 12.6.2026: «Adaptations d'ordonnances dans le 2e et 3e piliers» — ampliación de la libertad de designación en el 3a, entrada en vigor el 1.6.2027 y postulado Nantermod 22.3220.
- LIFD (RS 642.11), art. 38 — tributación de las prestaciones en capital de la previsión y de las sumas pagadas a raíz de un fallecimiento.
- Calculadora fiscal oficial de la Administración Federal de Contribuciones — estimación del impuesto según cantón y municipio.